La cartera común de servicios también amplía las prestaciones de salud
bucodental, priorizando a la población infantil y juvenil, las mujeres
embarazadas, las personas con discapacidad y los pacientes con cáncer de
cabeza y cuello
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por Ángela Bernardo
El BOE publicó ayer una
orden ministerial
que, en la práctica, elimina la desigualdad en el acceso a las pruebas
genéticas para detectar durante el embarazo el riesgo de anomalías como la
que da lugar al síndrome de Down. Hasta ahora, la mayoría de comunidades
autónomas financiaban el test para analizar el
ADN fetal que circula en la sangre materna durante la gestación.
Pero no todas lo hacían: según
publicó
Civio en abril de 2023, cuatro regiones (Baleares, Canarias, Murcia y País
Vasco) todavía no ofrecían por aquel entonces estos análisis, lo que
obligaba a las pacientes que los necesitaran a pagarse las pruebas de su
bolsillo, con costes que podían
rondar o superar los 500 euros, a pesar de que la Comisión de Salud Pública, dependiente del Ministerio
de Sanidad, las
recomendaba
desde 2019.
En España, el cribado prenatal del primer trimestre de embarazo
consiste en una ecografía y en una analítica de sangre, a partir de las
cuales se determina el riesgo de que el feto cuente con alguna anomalía en
sus cromosomas. Si la probabilidad de padecerla es muy alta, se recomienza
la realización de una prueba invasiva, la amniocentesis o la biopsia de
vellosidades coriales, que aportan un diagnóstico definitivo, aunque
pueden conllevar un
pequeño riesgo de aborto. En cambio, en los casos donde el riesgo sea intermedio o alto, se puede
optar por las pruebas de ADN fetal en sangre materna, que consisten
en una simple analítica a partir de la cual se extrae el material genético
circulante del feto para su estudio posterior en laboratorio. El acceso a
dichos estudios, sin importar el lugar de residencia, es lo que estará
disponible gracias a la ampliación aprobada ahora.
La orden publicada por Sanidad no supone la generalización de los test
de ADN fetal, sino que la norma
sigue
la recomendación oficial: hacer primero la ecografía y el análisis de
sangre, determinar el riesgo y, luego, ofrecer la prueba de ADN fetal
para detectar solo algunos tipos de anomalías cromosómicas, las más
frecuentes y donde también hay mayor evidencia científica. En concreto,
la cartera común de servicios limita su aplicación para determinar el
riesgo de que el feto tenga tres copias de un cromosoma en lugar de las
dos normales, lo que se denomina técnicamente como
trisomía.
Eso sí, el Ministerio de Sanidad lo plantea solo para los problemas
genéticos más frecuentes, esto es, la trisomía del cromosoma 21,
que causa el síndrome de Down, la
trisomía del cromosoma 18, que provoca el
síndrome de Edwards, y la trisomía del cromosoma 13,
vinculada con el síndrome de Patau. Y la universalización de
estos análisis de ADN fetal no será inmediata ya que la orden
ministerial contempla un plazo de dos años para que tanto comunidades
autónomas, como las ciudades de Ceuta y Melilla a través del INGESA y
las mutualidades de funcionarios adapten sus servicios para incorporar
estos análisis de cribado prenatal donde aún no estuvieran
disponibles.
NUEVAS AMPLIACIONES DE PRESTACIONES SANITARIAS
El Ministerio de Sanidad también amplía el número de enfermedades
endocrinas y metabólicas que deberán incluirse en la conocida
prueba del talón en recién nacidos. Al igual que ocurría hasta
ahora con el diagnóstico de anomalías cromosómicas mediante ADN fetal,
existía una gran desigualdad entre los diferentes territorios autonómicos
en la realización de estas pruebas de cribado neonatal. Hasta la
fecha, con base en la cartera común de servicios, todas las comunidades
tenían al menos que ofrecer el diagnóstico de siete dolencias
(hipotiroidismo congénito, fenilcetonuria, fibrosis quística, deficiencia
de acil-coenzima A-deshidrogenasa de cadena media, deficiencia de
3-hidroxi-acil-coenzima A-deshidrogenasa de cadena larga, acidemia
glutárica tipo I y anemia falciforme).
Con la entrada en vigor de esta orden ministerial, el programa de
cribado neonatal pasa a incluir once
enfermedades endocrino-metabólicas, es decir, incorpora la
detección de cuatro más (déficit de biotinidasa, enfermedad de orina con
olor a jarabe de arce, homocistinuria e hiperplasia suprarrenal
congénita). Aunque este paso será importante, en realidad no terminará
con la desigualdad actual ya que, según publicó
eldiario.es
en abril de 2023, algunas regiones ofrecían el diagnóstico de tan solo
ocho enfermedades endocrino-metabólicas, mientras que en otras
comunidades la detección se ampliaba hasta cubrir una treintena de
dolencias. A partir de ahora, los servicios sanitarios dispondrán de un
plazo de un año para actualizarse y así ofrecer el diagnóstico de estas
cuatro nuevas enfermedades.
Por otra parte, la orden ministerial también amplía y homogeneiza la
atención de salud bucodental, priorizando a la población infantil
y juvenil, las mujeres embarazadas, las personas con discapacidad y los
pacientes con cáncer de cabeza y cuello. Además, la norma también
contempla que las personas adultas con insuficiencia renal crónica
avanzada que se encuentren en tratamiento con hemodiálisis puedan
recibir a domicilio la administración de nutrientes por vía digestiva,
lo que se conoce como nutrición enteral domiciliaria. Por último, otra
de las medidas que contempla el BOE es la creación de un Comité Asesor
para poder desarrollar la cartera común de prestaciones relacionadas con
genética en toda España, así como plantear los requisitos mínimos
comunes para la realización de estas pruebas o coordinar el trabajo de
los diferentes servicios de salud, entre otras funciones.
Artículo publicado originalmente en
CIVIO
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