Foto: Alberto Alvarez-Perea, en Flickr |
Ayer se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Real Decreto 589/2022, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud.
Hoy es el primer día en vigor del nuevo decreto. La Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, podrá recibir peticiones de nuevas especialidades medicas.
En el mismo Real Decreto, se explica el procedimiento para dicha solicitud, que podrá ser iniciada por una o varias sociedades científicas de ámbito nacional.
El mismo texto define también que el Ministerio de Sanidad tiene un plazo máximo de seis meses desde que se presenta la solicitud para responder a la misma. También aclara que si la resolución de la petición fuera desfavorable, sin que prosperen los recursos presentados por los solicitantes, no podría presentarse una nueva solicitud para esa misma especialidad hasta 5 años después.
La Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias (SEMES), ya hace años que reivindica la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias.
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