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ANTECEDENTES HISTÓRICOS

El sistema sanitario español actual, es decir, el Sistema Nacional de Salud  (SNS), es el resultado final de una larga evolución histórica que se inició documentalmente con Alfonso X, «El Sabio», y la promulgación del Fuero Real, a mediados del siglo XIII. En el Título XVI del Libro IV se establece la figura del «físico», que debía ser aprobado por los ya establecidos en el lugar, y reconocido por el alcalde, recibiendo un título como tal. De aquí proviene y se mantiene el término actual de «titulares», de nuestro entorno actual.

La siguiente constancia documental radica en los gremios medievales, quienes realizaban la contratación de un médico para atender a sus miembros y familiares, siendo retribuidos por ello mediante un sistema capitatívo (el primero documentado) que cubría la atención sanitaria con independencia del estado de salud, y según el número de gremialistas, con la característica peculiar de «todos por igual»; de ahí el término de «igualas», que se mantiene hasta la actualidad.

Este sistema de «igualas», muy popular en España, facilitó el desarrollo, a finales del siglo XIX y principios del XX, de pequeñas mutuas y «cajas de enfermedades», siguiendo el ejemplo del sistema alemán desarrollado por Bismarck y basado en la contribución, mediante cuotas mensuales a cargo de empresarios y trabajadores. Estas mutuas fueron la semilla de la evolución posterior.

El 27 de febrero de 1908 se constituye el primer germen activo del futuro SNS, el denominado Instituto Nacional de Previsión (INP). Constitución que vino dictada por parte del gobierno y ratificada por el Rey Alfonso XII, mediante la correspondiente Ley.

En España, nuestro SNS, se organiza en un primer momento en base a un modelo de Seguro Obligatorio de Enfermedad (SOE), pero con una diferencia muy significativa en comparación con otros modelos europeos, que es la creación de una muy extensa red de ambulatorios, o centros de atención primaria, donde se realizaba el mayor porcentaje de las consultas médicas y la mayoría de las intervenciones quirúrgicas pequeñas con la creación de los Centros Quirúrgicos de Cupo, y los hospitales de mayor o menor tamaño llegando a las Ciudades Sanitarias, que eran grandes hospitales con todas las especialidades médico-quirúrgicas existentes.

El primer seguro social obligatorio en España se crea en 1919 con la denominación de «Retiro Obrero». En 1929 se implanta el seguro de Maternidad, declarándose subsistentes ambas normas por la Ley de 9 de septiembre de 1931. Pero la guerra civil española de 1936 no permitió aprobar ninguna ley al respecto, por lo que el programa de desarrollo de los derechos reconocidos a los trabajadores en la Constitución republicana de 1931, se vio frustrado parcialmente, con la única creación del denominado «régimen obligatorio de subsidios familiares» en el 1938.

Con posterioridad, el Retiro Obrero se transforma en subsidio de Vejez en 1939, integrándose posteriormente, en el año 1947,  en el seguro de «Vejez e Invalidez», que cubre el riesgo de invalidez, no derivada de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, y a partir de 1955, también el riesgo de muerte.

Después de la guerra civil, el gobierno estableció, en el año 1942, el SOE, con una filosofía derivada directamente de las antiguas cajas de enfermedad, centradas principalmente en la curación de los trabajadores, sin tener en cuenta ni la medicina preventiva ni la sanidad ambiental.  En el SOE los profesionales sanitarios se regían a nivel retributivo por el método clásico de las igualas;  los médicos cobraban según un cupo definido de «familias», según las «cartillas» que tuvieran adscritas; dichas cartillas eran el documento en el que constaban los beneficiarios, el trabajador y su familia, en un sistema capitativo, atendiendo en un primer momento en su propio domicilio a los pacientes (médico de familia), para posteriormente desarrollarse una red de consultorios públicos en los que pasaron a ofrecer sus servicios los médicos generales, en horario de dos horas y media de consulta, más avisos a domicilio.

La Ley de Seguridad Social de 1966, texto articulado de la Ley de Bases, constituyó la puesta en práctica del Sistema, que pronto sería modificada por la Ley 24/1972, de financiación y perfeccionamiento, que ordenaría su refundición con la Ley de 1966, dando lugar al texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 1974, vigente durante veinte años. En 1994, y como consecuencia de múltiples reformas surgidas durante este tiempo, se aprobó otro texto refundido de los anteriores y que está todavía vigente en la actualidad.

Antes de promulgarse la vigente Constitución de 1978, se aprueba el Real Decreto-Ley 36/1978, de 16 de noviembre, sobre gestión institucional de la Seguridad Social, la Salud y el Empleo, que pondría fin a la larga trayectoria del INP y a la más corta del Mutualismo Laboral, creándose al tiempo, las entidades gestoras donde se integraron (INSS, IMSERSO, INSALUD), el Instituto Nacional de Empleo (INEM) y la Tesorería General de la Seguridad Social, como servicio común, manteniéndose hasta el momento actual la colaboración de las Mutuas Patronales de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Hasta la promulgación de la Ley General de Sanidad (LGS), en 1986, el sistema sanitario español mantuvo una estructura fragmentada basada en la Ley de Bases de la Sanidad Nacional de 1944. Las Administraciones públicas se ocupaban de los aspectos de la salud pública y de la salud mental, y el individuo debía responsabilizarse de la atención a su enfermedad. La beneficencia, con aportaciones económicas, públicas o privadas, se encargaba de la población sin recursos.

En el año 1986 se promulga la LGS que establece un sistema sanitario en dos niveles de actuación, no relacionados; la asistencia primaria (ambulatorios y Centros de Salud) y asistencia especializada, con hospitalización a través de los hospitales, primarios, secundarios y terciarios. El sistema nacional de salud se pone en marcha en España en 1986, tras la promulgación de la Ley General de Sanidad. Algunas características principales son el derecho de todo ciudadano a la salud, financiación de carácter público y provisión de servicios que garanticen la calidad de la asistencia, en un sistema sanitario descentralizado en comunidades autónomas. El proceso de descentralización de competencias finalizó en 2001. En 2003, se promulgó la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud para garantizar la participación ciudadana, calidad y la equidad de la asistencia en el territorio nacional. Esta ley establece los principios fundamentales sobre calidad asistencial y el desarrollo de herramientas como la cartera de servicios, formación y desarrollo de los profesionales, investigación, historia clínica digital única, uso de guías, protocolos e indicadores, o un sistema de información único.

Tras 19 años desde su implantación, algunos de los principales problemas son la falta de equidad en gasto y financiación, nivel de salud de los ciudadanos, accesibilidad a los servicios sanitarios y utilización de recursos.

¿QUÉ ENTENDEMOS POR SALUD COMUNITARIA Y POR SISTEMA DE SALUD?

Diversos autores definen la salud comunitaria como «la expresión colectiva de la salud individual y de grupos en una comunidad definida, y que viene determinada por la interacción entre las características de los individuos, familias, medio social, cultural y ambiental, así como por los propios servicios de salud y la influencia de distintos factores sociales, políticos y globales». Se ha señalado que la salud comunitaria operaría en un nivel intermedio, flanqueada por las políticas públicas de salud y por la atención asistencial, entendida como la acción en y desde la comunidad.

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El concepto «sistema de salud» abarca las organizaciones, las instituciones y los recursos dirigidos a producir actividades cuyo fin principal es promover, restablecer o mantener la salud de la ciudadanía. El desarrollo de los sistemas sanitarios en el mundo viene condicionado tanto por el nivel de salud y el patrón de morbimortalidad como por el nivel de desarrollo económico (renta y modelo económico) y científico-técnico, los valores, las creencias y la ideología dominante.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece determinadas cualidades exigibles a cualquier sistema sanitario que se pretenda óptimo: universalidad, atención integral, equidad, eficiencia, flexibilidad y participación real de la población en la planificación y la gestión del sistema sanitario.
La relación entre la salud comunitaria y el SNS español se ha visto influida por variables ideológicas, políticas públicas y agentes intervinientes; está relación no está exenta de contradicciones e incertidumbres, y su exploración es necesaria en el intento de construir un sistema sanitario que conlleve un enfoque y una práctica comunitarias.

SITUACIÓN ACTUAL DEL SISTEMA SANITARIO

El SNS es el resultado de la descentralización de las competencias sanitarias que se han ido modificando desde su origen en 1942 con el Seguro Obligatorio de Enfermedad, con la Ley de Bases de la Seguridad Social de 1963 y posteriormente con la Constitución española de 1978 (artículos 43, 49 y 53.3 CE), completado posteriormente con la Ley 14/1986, de 5 de abril, General de Sanidad, en la que se realiza una integración de todos los recursos públicos en el Servicio de Salud. El Sistema Nacional de Salud, conjunto de Servicios de Salud de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas, forman un órgano que pretende ser un conjunto coherente, armónico y solidario. Los principios generales son: universalidad, equidad social e interterritorial, integración de todos los medios asistenciales, y orientación al ciudadano: derechos y deberes. Sus características más importantes son: Cobertura universal, prestaciones amplias, financiación pública, y gestión descentralizada. Todas las Comunidades Autónomas recibieron las competencias en Sanidad e Higiene desde 1979 en adelante. La evolución del sistema sanitario público, desde un modelo basado en Seguros Sociales y centralizado hacia un Sistema Nacional de Salud descentralizado, ha tenido asociado diferentes modelos de financiación, determinados por los procesos de reforma hacía su actual configuración. Podemos objetivar dos procesos fundamentales:
  1. La universalización de la asistencia sanitaria, que determina la naturaleza de los recursos que financian la sanidad y ha propiciado la sustitución de cotizaciones sociales por impuestos generales.
  2. La descentralización ha propiciado la integración de la financiación finalista de la asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud en el sistema general de financiación de las Comunidades Autónomas.
Desde el punto de vista de los modelos de financiación territorial de la sanidad pública española se pueden distinguir dos etapas bien diferenciadas. La primera abarca veinte años (1981-2001), la segunda etapa comienza con la publicación de la Ley 21/2001. La primera etapa estaba basada en la territorialización del gasto, mediante la descentralización de la gestión del gasto, que no llevó aparejada la descentralización de los ingresos y se financiaba la sanidad con un modelo específico mediante una transferencia finalista de la Administración General del Estado, utilizando distintos criterios de reparto, principalmente el de población. En la segunda etapa se integra la sanidad en el modelo general, al mismo tiempo que se crea un «espacio fiscal» que supone un cierto grado de descentralización, incorporando así la corresponsabilidad fiscal. 

La desigual atención a los asegurados fuera de su autonomía de residencia es uno de los efectos más perversos del Sistema Nacional de Salud, haberse convertido en diecisiete sistemas de salud, independientes entre sí, jerárquica y financieramente, lo que supone romper el principio constitucional de igualdad de los españoles ante la ley, «los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social» (artículo 14 CE).

Esta desigualdad se pone de manifiesto cuando un español residente en una comunidad autónoma, necesita ser atendido en un centro sanitario de otra comunidad, donde será atendido así, como un asegurado de otra comunidad, sin derecho a las mismas prestaciones que los asegurados residentes en esa comunidad. Y ello es debido a la autonomía financiera y de gestión en cada comunidad de las prestaciones del derecho de protección de la salud, por lo que económicamente atender a un usuario de otra comunidad supone un gasto que debería soportar la comunidad de origen del usuario, razón por la que la asistencia sanitaria se restringe a la mínima intervención, teniendo que recuperar el gasto por medio del sistema de compensación entre comunidades.

¿TENEMOS EL MEJOR SISTEMA SANITARIO DEL MUNDO?

Durante años, se ha repetido como un mantra que el sistema sanitario español era uno de los mejores del mundo. Rankings como el elaborado por Bloomberg, consideraron a España en 2020 como el país más sano del mundo, en gran parte por la fortaleza de su sistema de salud, mientras que instituciones internacionales, como la OMS, sitúan a nuestro país como el séptimo en el top mundial de sistemas sanitarios.

A pesar de la disminución del gasto público en Sanidad provocado por la crisis económica del 2008, y el inesperado impacto de la pandemia, el sistema sigue siendo uno de los mejor valorados a nivel mundial.

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Características del sistema sanitario español:

El sistema sanitario español es un sistema mixto donde conviven el Sistema Nacional de Salud (SNS), que es gestionado por los entes públicos, junto a una extensa red hospitalaria privada. Cerca del 90 % de los españoles disfrutan del SNS, mientras que el 15 % tienen un seguro médico privado.
El SNS se caracteriza por una gran descentralización de la gestión. El sistema se organiza en tres niveles, siendo el primero el Ministerio de Sanidad, seguido por la organización de las Comunidades Autónomas, que se divide a su vez en áreas de salud. Por otro lado, las competencias en materia de Sanidad están transferidas a las Comunidades Autónomas, por lo que las diferencias en el gasto público son dispares. Así, la comunidad que más gasta proporcionalmente, según datos del Ministerio de Sanidad, es Extremadura (8,6%) y la que menos, Madrid (3,7%).
En España, son un 60% los que piensan que la calidad asistencial de nuestro SNS es buena o muy buena. Alcanzando los niveles similares de antes de la llegada del COVID-19 (58%). Sin embargo, a pesar de haberse recuperado del “bache” tras la crisis sanitaria, solo el 38% de los encuestados en España cree que la calidad del sistema de salud va a mejorar en el futuro.
El ajustado presupuesto del que disponen los gobiernos restringe el gasto destinado a los diferentes servicios públicos, entre los que se encuentra la sanidad, lo que puede afectar negativamente a la satisfacción del ciudadano con el sistema sanitario. El principal objetivo de un sistema nacional de salud (SNS) es conseguir una población más saludable, esto es, mejorar la salud y calidad de vida diaria de los ciudadanos. Ello plantea un importante reto a los gestores, que tienen que hacer frente a una demanda cada vez más exigente, unos costes crecientes de tecnología y unos recursos que no solamente son limitados y escasos, sino que con frecuencia se ven reducidos por las crisis económicas.
A la vez, es necesario integrar la opinión del paciente en la gestión del sistema sanitario como medida para su evaluación y mejora continua, siendo los estudios de satisfacción el medio adecuado para ello.
A nivel global, el 41% de los ciudadanos españoles coincide en que el principal problema de su sistema sanitario son los tiempos de espera para acceder a los tratamientos, seguido de la falta de personal (39%), y del coste de los tratamientos (31%).

CONCLUSIÓN

Los sistemas sanitarios pretenden mejorar la salud de los ciudadanos mediante la curación, prevención y rehabilitación. Sin embargo, se ven influidos por factores políticos, sociales, culturales y económicos de cada país. Todo ello nos debería llevar  a  plantearnos la necesidad de abordar una actualización del sistema sanitario que requiere innovación y profundos cambios en las formas de financiación, gestión y provisión de los servicios. La calidad y la seguridad siguen siendo, en este sentido, áreas críticas para su sostenibilidad. Todo ello exige acciones valientes, estratégicas e innovadoras por parte de los responsables políticos, y buena voluntad e implicación para acompañar estos cambios por parte de todos los agentes implicados (grupos de interés) en la prestación de servicios sanitarios: directivos, gestores, clínicos, profesionales, y ciudadanos, usuarios y pacientes, comprometidos e informados, capaces de tomar decisiones y corresponsabilizarse en una asistencia de calidad.

La finalidad de estos cambios es muy clara: hacer sostenibles y preservar las señas de identidad esenciales de un modelo que es ejemplo en muchas partes del mundo. Todos los ciudadanos deben tener un acceso igualitario a los mejores tratamientos posibles, y para ello se requiere de todos los agentes implicados un ejercicio de responsabilidad. Todas las partes implicadas (pacientes, profesionales, gestores) deben colaborar y actuar en consecuencia si se quieren preservar los principios del sistema. Independientemente de la crisis económica, el sistema sanitario español necesita, al igual que la mayoría de los sistemas de salud de su entorno, una profunda revisión para dar respuesta a los nuevos retos del envejecimiento, la cronicidad, el incremento del gasto sanitario, las nuevas tecnologías.

Enfermero de Atención Primaria, Máster en Atención Prehospitalaria y Hospitalaria Urgente

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